La inclusión en los registros de morosos (RAI, ASNEF…) es una práctica cada vez más habitual por parte del acreedor de la deuda para conseguir el cobro de la misma. La entrada en estos ficheros es muy fácil y además únicamente depende del acreedor que solicita la entrada en esta lista cuando se cumplen los siguientes requisitos: deuda vencida y exigible, impagada, reclamada por el acreedor y pendiente durante un período inferior a 6 años. Además, el acreedor también tiene la obligación de comunicar la entrada en el fichero al deudor en el plazo de 30 días desde que se produce.
El problema aparece cuando hemos entrado en el fichero de manera indebida por tratarse de una deuda que no procede (esto ocurre mucho con las facturas de teléfono y de luz) o también cuando la hemos saldado y seguimos apareciendo en todos los listados de morosos.
Cómo actuar para salir de los ficheros de morosos
Si la deuda está liquidada
La solicitud de exclusión debemos realizarla en primer lugar ante los responsables del fichero, y de no llevarse a cabo, ante la Agencia Española de Protección de Datos, presentando la denuncia correspondiente.
Si la deuda no nos corresponde
Debemos actuar por la vía judicial, demostrando que las facturas son incorrectas. Una vez tenemos sentencia firme, solo queda solicitar que eliminen nuestros datos.
Por último, decir que la ley ampara al ciudadano, dándole derecho a acceder a la información relativa a sus deudas existente en los ficheros y a realizar las actuaciones que considere para la rectificación y cancelación, siempre y cuando lo realice él mismo.