¿Qué es el finiquito?
Se entiende por finiquito, al documento en el cual aparecen reflejadas las cuentas que nuestra empresa tiene pendientes una vez hayas dejado de trabajar para dicha empresa. Se trata de una liquidación de obligado cumplimiento, tanto en el caso de ser despedido, como en el caso de decidir dimitir por voluntad propia a tu puesto de trabajo. La empresa deberá liquidarte por los dias trabajados del mes, del mismo modo también lo deberá hacer con las vacaciones de las que no has disfrutado y las pagas extra. A continuación te enseñamos a calcular el finiquito.
¿Qué conceptos incluye el finiquito?
Por norma general, dicho documento se entrega una vez termina la relación laboral entre la empresa y trabajador. En algunos casos también se realiza la entrega en casos de excedencia por si el empleado no decide reincorporarse. En el finiquito aparecen reflejados los siguientes conceptos.
- Salario de los días del mes trabajados: La empresa debe pagarte el sueldo proporcional a los días de mes que has prestado servicio. Si se te ha comunicado el despido mediante previo aviso, de igual forma te tendrán que abonar los días que acudas a trabajar.
- Horas extras: Si la empresa te debe horas extras, deberá realizar el abono en el finiquito.
- Vacaciones: También tienes derecho a cobrar dichos dias de vacaciones que tengas pendientes.
- Pagas extra: Dicho cálculo depende de si las pagas extras están prorrateadas o no.
- Otros pluses: En la mayoria de los casos, el cobro de los pluses se da en función del tiempo que hayas trabajado en la empresa.
Cualquier trabajador por cuenta ajena, tendrá derecho a recibir el finiquito, sea cual sea el motivo por el que se ha puesto fin a la relación laboral con dicha empresa. Tampoco dependerá del tipo de contrato que tenga, temporal, fijo, etc…
¿Plazo de tiempo para recibir el finiquito?
Si dicho finiquito se da debido a que has sido despedido o porque tu contrato ha concluido, por norma general la empresa deberá abonartelo junto con la carta de despido, en el caso de que no te hayan dado el tiempo de preaviso. Si por el contrario has sido avisado con antelación, deberás recibir el finiquito en tu último día de trabajo. Y del mismo modo si decides abandonar por cuenta propia tu puesto de empleo, la empresa también deberá abonarte el finiquito durante tu último día de trabajo.
Podrás recibir tanto el dinero en mano, o a través de una transferencia bancaria. En este caso es muy importante que antes de firmar el documento, te asegures de que como es de obligado cumplimento, hayas recibido correctamente el finiquito. Sino lo has recibido, deberás añadir a la firma “cantidad no recibida”. Después de esto tendrás un año para reclamar la cantidad que te corresponde de el finiquito.
También deberás prestar atención a la fecha del documento, para que sea correcta. Debe ser la misma que la del día en la que hayas firmado, ya que las cantidades a abonar, se calculan en función de la misma.
Cálculo del finiquito
Para realizar el cálculo del finiquito, necesitarás una serie de datos: Salario del último mes, vacaciones que tienes por derecho y de las que todavía no has disfrutado, y por último, pagas extras. Por ejemplo, suponemos que tu salario base es de 1100€ mensuales, con un plus de 100€. Además, tienes derecho a dos pagas extras de 1000€ cada una y has trabajado hasta el día 10 de Mayo.
Lo primero que debes hacer es realizaro el cálculo relativo al salario. Debes de sumar 1125€ de salario base más 115€ de pluses, esto será 1240€. Después deberás dividirlo entre 30 dias, el resultado será de 41,30€ diarios de salario. Si el último dia trabajado en el mes de Mayo, es el día 10, solo tendrás que hacer el siguiente cálculto: 10 x 41,30 =
Si el último día que has trabajado en el mes de mayo es el 10, sólo tienes que hacer la siguiente operación: 10 x 41,30 = 413€.
Vacaciones
Por ley, tienes derecho a 30 dias de vacaciones por año trabajado. Por lo tanto, si durante el año has trabajado 130 dias, el cálculo será el siguiente: 130 * 30 / 360 = 10,83 días de vacaciones.
Después deberás multiplicar dichos días de vacaciones por el sueldo diario: 10,83 * 41,30 = 447,27€
Pagas extras
En referéncia a las pagas extras, el trabajador por cuenta ajena tiene derecho a dos pagas anuales. La de Navidad que devenga el 1 de Enero de dicho año en curso y la de Verano a partir del mes de Julio del mismo año. Es muy importante conocer si las pagas extras están o no prorrateadas en tu nómina. Deberás hacer lo siguiente para hacer el cálculo:
Si has trabajado hasta el día 10 de Mayo (130 días), tendrás derecho a dicha paga de Navidad, pero no a la de verano. El cálculo será el siguiente: 1125€ / 360 = 3,12 => 3,12 * 130 = 406,2€.
Resultado del finiquito
Te corresponderá por tanto de finiquito la cantidad de 1266€. Este será el resultado de sumar salario, vacaciones y las pagas extra.