El avalista es aquella persona que se compromete al pago de la deuda que contraiga el titular de un préstamo, personal o hipotecario, en el momento en el que éste deje de hacer frente a sus obligaciones.
La figura del avalista ha estado siempre presente en la solicitud de financiación a las entidades financieras, pero con la llegada de la crisis es muy importante conocer cuáles son los riesgos que conlleva estampar la firma en una operación de préstamo.
En primer lugar, el impago de capital e intereses por parte del titular, convierte al avalista en responsable del crédito, asumiendo la obligación de pago.
A partir de este momento, y si no se hace efectivo el pago, se inicia un proceso acreedor contra la figura del avalista como si fuese titular del préstamo. Este proceso empieza con la inclusión en los ficheros de morosos con todo lo que ello conlleva y finaliza mediante los procesos legales que hacen que el avalado responda con su patrimonio, llevándole al embargo de sus bienes para saldar la deuda.
Esta actuación contra la figura del avalista se lleva a cabo una vez agotado el trámite contra el titular del préstamo y en el caso en que éste no posea bienes contra los que proceder para saldar el importe pendiente de pago.
Hay que tener en cuenta que es muy probable que la situación de impago se derive de la insolvencia del prestatario y por tanto, es cuando debemos recordar que tenemos las mismas obligaciones como avalistas pero no los mismos derechos frente al crédito.